Ficha de altos cargos

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  • Mercé Martínez i Llopis

  • IX legislatura (29/06/2015-16/06/2019)
  • Directora General de Servicios Sociales y Personas en Situación de Dependencia
  • Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
  • Cese: 16/07/2019 DOGV
  • Nombramiento: 09/07/2015 DOGV
  • La información sobre la persona que ocupaba el cargo se ha mantenido publicada durante los tres años posteriores a su cese, de acuerdo con la normativa siguiente:
    - Artículo 19 de la Ley 8/2016, de 28 de octubre, de la Generalitat, de Incompatibilidades y Conflictos de Intereses de Personas con Cargos Públicos no Electos (DOGV núm. 7911, de 07.11.2016).
    - Artículo 32.3 del Decreto 65/2018, de 18 de mayo, del Consell, por el cual se despliega la Ley 8/2016, de 28 de octubre (DOGV núm. 8304, de 28.05.2018).
    - Artículo 37 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de despliegue de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, en materia de transparencia y de regulación del Consell de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (DOGV núm. 8118, de 01.09.2017).

La Dirección General de Servicios Sociales y Personas en Situación de Dependencia es el centro directivo dependiente de la Secretaría Autonómica de Servicios Sociales y Autonomía Personal al que corresponden las funciones en materia de política de servicios sociales; de formación y calidad de vida; la propuesta, programación y ejecución de las políticas generales en materia de atención a las personas en situación de dependencia y la participación activa de las personas mayores en la sociedad.

Corresponden a la Dirección General las siguientes competencias:

  • Promover los servicios sociales públicos de calidad en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.
  • Impulsar el establecimiento de instrumentos de coordinación en materia de servicios sociales entre las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana y todos los servicios adscritos y/o acreditados por esta dirección general.
  • Dirigir y coordinar técnica y funcionalmente, en las materias de su competencia, las actuaciones de las direcciones territoriales.
  • Coordinar, supervisar y evaluar los servicios sociales de las corporaciones locales.
  • Promover la integración de los servicios municipales de atención a la dependencia dentro de los equipos de los servicios sociales generales, el trabajo en red de los equipos de servicios sociales tanto generales como especializados, la integración de los equipos, el trabajo coordinado y la derivación y seguimiento de los programas o intervenciones con las personas.
  • Promover la transparencia y fomentar la cultura de la participación en la gestión de los servicios sociales articulando mecanismos de comunicación profesional, organizacional y ciudadana, garantizando el acceso a los servicios sociales como derecho de ciudadanía, removiendo los obstáculos que impidan un tratamiento digno a las personas que lo requieran y promoviendo una atención profesional.
  • Diseñar, implantar y supervisar los protocolos de intervención en materia de servicios sociales en coordinación con las administraciones implicadas en su desarrollo.
  • Gestionar, en el marco de sus competencias, los servicios y los centros de servicios sociales que sean titularidad de la Generalitat.
  • Prestar la asistencia técnica a los centros y servicios, tanto de carácter público como privado, que actúan en el área funcional de la Dirección General.
  • Planificar, en coordinación con la Dirección General de Diversidad Funcional, los recursos y servicios de atención a las personas en situación de dependencia y los destinados a personas mayores.
  • Establecer, programar y gestionar, en coordinación con la Dirección General de Diversidad Funcional, los procedimientos destinados al reconocimiento de la situación de las personas dependientes, la gestión y supervisión de los servicios y prestaciones que le correspondan incluyendo la elaboración de los programas individuales de atención desde los equipos municipales.
  • Supervisar y evaluar periódicamente, en coordinación con la Dirección General de Diversidad Funcional, el funcionamiento del sistema de atención a la dependencia en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
  • Aportar a la Administración General del Estado la información necesaria para la recepción del nivel mínimo de protección garantizado. Informar sobre el marco de cooperación interadministrativa con la Administración General del Estado, que se desarrollará por medio de los correspondientes convenios, en los que se acordarán los objetivos, medios y recursos para la aplicación de los servicios y prestaciones.
  • Impulsar la formación en materia de dependencia de las personas profesionales y cuidadoras, en coordinación con la Dirección General de Diversidad Funcional y con la Subsecretaría.
  • Gestionar los centros especializados, centros de día y de atención residencial para personas mayores de titularidad de la Generalitat, así como coordinar y supervisar la red de centros especializados, centros de día y de atención residencial para personas mayores de la Comunitat Valenciana cuya titularidad no sea de la Generalitat, en colaboración con la Subsecretaría.
  • Elaborar programas y ejecutar medidas orientadas a fomentar la participación activa de los mayores en la sociedad, así como programas de envejecimiento activo para personas mayores.
  • Gestionar los conciertos, subvenciones y otras prestaciones económicas en materia de su competencia.
  • Supervisar las actuaciones relativas a los servicios y centros en el ámbito de sus competencias, incluidos los trámites de autorización de los mismos, así como el ejercicio de la facultad sancionadora, sin perjuicio de las funciones que tiene asignadas la Subsecretaría.
  • Llevar el seguimiento de la ejecución de los expedientes de contratación en el ámbito de sus competencias.
  • Elaborar los documentos técnicos, las instrucciones y los procedimientos necesarios para conseguir coherencia y coordinación entre todos los programas y actuaciones de la Dirección General.
  • Ejecutar cualquier otra función que se le asigne, por los titulares de cuyos órganos dependa jerárquicamente, en materias de su ámbito de actuación funcional.

Fuente: Funciones

Curriculum vitae