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Bienes de la Generalitat Valenciana

El Patrimonio de la Generalitat está constituido por el conjunto de los bienes y derechos que le pertenecen por cualquier título. Los bienes son los elementos materiales e inmateriales con que cuenta. Por ejemplo, los equipos informáticos, el dinero que tiene en caja, el material de oficina o los locales que posee. Los derechos permiten ejercer una facultad. Por ejemplo, los préstamos que tenga concedidos, o las cantidades adeudadas por la ciudadanía. También forman parte de su patrimonio los bienes y derechos que integran el patrimonio diferenciado de los organismos públicos vinculados o que dependen, sin perjuicio de las especialidades contenidas en la ley de patrimonio y en sus leyes de creación.

La normativa sobre transparencia prevé la publicación del inventario de bienes y derechos de la Generalitat y su sector público instrumental que, por lo menos, incluirá los bienes inmuebles de dominio público y una relación de bienes muebles de valor histórico artístico o de alto valor económico, sobre los que estos ostenten algún derecho real, así como las subastas que se convoquen. Respecto a los bienes inmuebles se debe facilitar la identificación del organismo titular de los derechos, la localización del bien y su superficie, sus características principales, referencia catastral, afectación, destino y estado de ocupación. También se publica la relación de vehículos oficiales de la Generalitat, en la que aparece, como mínimo, el número total de vehículos, la clasificación y la adscripción y el destino de los mismos. 

 

 

BIENES INMUEBLES DE DOMINIO PÚBLICO

Se entiende por bienes inmuebles (o bienes raíces) a aquellas propiedades que no pueden moverse del lugar en el cual están, tales como tierras, locales o viviendas. Se consideran bienes inmuebles de dominio público los inmuebles titularidad de la Generalitat que se destinan a oficinas o servicios administrativos de la misma o de las entidades de ella dependientes, o a ubicar sus órganos estatutarios.

 

BIENES DE VALOR HISTÓRICO

El patrimonio cultural valenciano está constituido por los bienes muebles e inmuebles de valor histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, documental, bibliográfico, científico, técnico, o de cualquier otra naturaleza cultural, existentes en el territorio de la Comunidad Valenciana o que, hallándose fuera de él, sean especialmente representativos de la historia y la cultura valenciana. También forman parte del patrimonio cultural valenciano, en calidad de bienes inmateriales del patrimonio etnológico, las creaciones, conocimientos y prácticas de la cultura tradicional valenciana.

 

PARQUE MÓVIL

El parque móvil del Consell y su Administración está integrado por el conjunto de vehículos adquiridos o utilizados por la administración de la Generalitat por cualquier título, destinados a su propio uso o servicio público.

  • Parque móvil (04.03.2021) (Descargar ODS)
  • Número de vehículos del Parque Móvil Centralizado (PMC) de la Generalitat por tipo de combustible (11.02.2021) (Descargar ODS)

 

SUBASTAS

La normativa sobre transparencia prevé la publicación del inventario de bienes y derechos de la Generalitat y su sector público instrumental que, por lo menos, incluirá los bienes inmuebles de dominio público y una relación de bienes muebles de valor histórico artístico o de alto valor económico, sobre los que estos ostenten algún derecho real, así como las subastas que se convoquen.

 

Consulte más normativa reguladora en materia de bienes:

Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil (BOE núm. 206 de 25.07.1889).
Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 4479 de 11.04.2003).
Decreto 106/2000, de 18 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el Parque Móvil del Gobierno Valenciano y su Administración (DOGV núm. 3802 de 27.07.2000). 

Bienes de la GVA

Fuente: órgano competente en patrimonio
Fecha de actualización: octubre 2022 
Periodicidad: anual
Fecha de creación: enero 2016 
Fundamento jurídico: art. 19 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9223, de 22.04.2022) y el art. 17.1 y 17.2 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la Ley 2/2015, de 2 de abril (DOGV núm. 8118, de 01.09.2017). Indicadores dccaa155, dccaa156 y dccaa157 del índice de transparencia DYNTRA e indicador núm. 15 del índice INCAU 2016 de Transparencia Internacional